Por Staff
CIUDAD DE MÉXICO, a 19 de febrero de 2026.- Si alguna vez presentaste tu cédula profesional como identificación en trámites bancarios, escolares o ante instituciones públicas, debes saber que eso ya no es válido. El Diario Oficial de la Federación (DOF) publicó una modificación legal que deja claro que la cédula no es ni será un documento de identificación oficial.
Aunque la cédula profesional, tanto en formato físico como electrónico, sigue cumpliendo con su función principal —acreditar que tienes un título registrado y estás autorizado para ejercer una profesión— ahora se establece claramente que no puede comprobar tu identidad personal.
La autoridad que define quién eres y que identifica oficialmente a las personas es el Registro Nacional de Población, a través de la CURP, que desde ahora se reconoce como el documento base de identidad en todo el país.
Esto significa que, para trámites donde normalmente se presenta una identificación con fotografía y datos personales, deberás usar documentos como:
- Credencial para votar (INE)
- Pasaporte vigente
- Licencia de conducir
- Cartilla del servicio militar
- Otros específicos según el trámite
La cédula profesional no desaparece ni pierde su legalidad para ejercer profesionalmente, pero su uso queda limitado exclusivamente a demostrar tu habilitación profesional, sin sustituir a un documento de identidad oficial.















