CIUDAD DE MÉXICO, a 7 de enero de 2026.- A partir del 9 de enero de 2026, todas las personas que contraten una línea de telefonía móvil en México deberán registrarla de manera obligatoria con identificación oficial con fotografía y CURP, por disposición de las autoridades federales en materia de telecomunicaciones.
La medida aplica a todos los usuarios y compañías de telefonía móvil, tanto en planes de renta como en esquemas de prepago, y busca fortalecer la identificación de los titulares de líneas activas en el país.
Plazo para líneas ya activas
Quienes ya cuenten con una línea telefónica tendrán como fecha límite el 30 de junio de 2026 para realizar el registro. A partir del 1 de julio, las líneas que no cumplan con este requisito serán suspendidas de forma temporal hasta completar el trámite.
Durante la suspensión, los usuarios solo podrán realizar llamadas a números de emergencia y atención ciudadana, como el 911, 089 y 088, así como a los centros de atención de su operador.
Modalidades para realizar el trámite
El registro podrá realizarse de dos maneras:
- Presencial, en cualquier Centro de Atención a Clientes de la compañía correspondiente.
- Remota, a través de plataformas digitales habilitadas por cada operador.
En el caso del trámite en línea, se solicitará una prueba de vida (selfie) para validar la identidad del usuario. Si el registro remoto no es exitoso tras varios intentos, el trámite deberá completarse de forma presencial.
Documentos requeridos
Para ciudadanos mexicanos, será necesario presentar alguno de los siguientes documentos vigentes:
- Credencial para votar (INE)
- Pasaporte
- CURP biométrica
En el caso de personas extranjeras, el registro solo podrá realizarse con pasaporte vigente o CURP temporal para extranjeros.
En todos los casos se solicitará el nombre completo y la CURP, información que será asociada directamente a la línea telefónica.
Efectos de la desvinculación
La desvinculación de una línea solo separa los datos personales del número telefónico, pero no cancela el contrato. No obstante, el servicio permanecerá suspendido hasta que la línea sea registrada nuevamente con una identificación válida.
Las autoridades han reiterado que la falta de registro no exime del pago de servicios contratados ni de equipos adquiridos a plazos.
La obligación aplica a todas las compañías de telefonía móvil que operan en el país, incluidas aquellas con esquemas de prepago y renta. Operadores como Telcel ya han informado a sus usuarios sobre los procedimientos, en coordinación con las disposiciones emitidas a nivel federal y supervisadas por el Instituto Federal de Telecomunicaciones.
Telcel anunció que a partir del 7 de febrero de 2026, los usuarios podrán acceder a un portal de consulta nacional para verificar si existen líneas registradas a su nombre mediante CURP o RFC, en el caso de personas morales.
Si un usuario detecta una línea que no reconoce, podrá acudir a un Centro de Atención a Clientes para solicitar la aclaración y desvinculación, sin que ello implique la cancelación automática del contrato.















